lunes, 8 de octubre de 2018

SERVICIO DE VIGILANCIA AÉREA




CONCEPTO

El servicio de Vigilancia Aérea es una organización cuya misión es garantizar bajo la ley, el ordenamiento jurídico. Ésta vigila los cielos costarricenses, realizan misiones de rescate, vuelos ambulancias, vigilancia y operativos antidrogas en mar y tierra.

Además, cuentan con el Departamento de Seguridad Aeroportuaria en coordinación con la oficina administrativa del Servicio de Vigilancia Aérea, éste ha logrado obtener mejores y nuevos equipos de seguridad, logrando así equipar a su personal policial y mejorar el servicio brindado en todos los aeropuertos internacionales del país, mediante revisión y seguridad dentro y fuera de los aeropuertos internacionales. 
Esta Policía se encuentra adscrita al Ministerio de Seguridad Pública.

ÁMBITO DE COMPETENCIA

Según lo establece el Decreto Ejecutivo N° 32177-SP "Reglamento de Organización del Ministerio de Seguridad Pública", en su artículo 110 regula el Servicio de Vigilancia Aérea. En dicho artículo describe las funciones de dicha policía, las cuales son:

  1. Garantizar el orden público, la salvaguarda e integridad del espacio aéreo, el territorio nacional, el mar territorial y jurisdiccional y la seguridad de los aeropuertos internacionales, mediante operativa y patrullajes.
  2. Brindar transporte dentro y fuera del país en casos calificados de excepción, a los (las) servidores (as) públicos en el ejercicio de sus funciones y a los (las) habitantes en caso de emergencia. 
  3. Brindar mantenimiento y reparación a las aeronaves encargadas de la vigilancia y seguridad del espacio aéreo, el territorio nacional, mar territorial y jurisdiccional.
  4. Brindar apoyo aéreo en acciones de seguridad realizadas por los cuerpos policiales, en misiones humanitarias, traslados de funcionarios, otorgar seguridad y vigilancia en los aeropuertos del país para proteger los ciudadanos y turistas. 
  5. Aquellas otras que se deriven del ordenamiento jurídico, de conformidad con su competencia. 








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REFERENCIAS

REFERENCIAS L ey N° 7410. Alcance Digital de la Gaceta, San José, Costa Rica, del 30 de mayo del 1994. Ley N° 6227. Alcance Digital...